Instrucciones para la acreditación de la certificación de penales para trabajar en el Salud
Se ha hecho pública la INSTRUCCIÓN de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. La documentación se podrá entregar personalmente, previa solicitud al Ministerio de Justicia, o autorizando al Salud a consultar el registro de penados del Ministerio de Justicia. El plazo de entrega es del 21 de marzo al 8 de abril.
Se ha hecho pública la INSTRUCCIÓN de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. La documentación se podrá entregar personalmente, previa solicitud al Ministerio de Justicia, o autorizando al Salud a consultar el registro de penados del Ministerio de Justicia. El plazo de entrega es del 21 de marzo al 8 de abril. El personal incluido en el ámbito de la aplicación de la presente Instrucción deberá cumplimentar el anexo IV del documento adjunto a la noticia, señalando, de forma específica si autoriza o no a la Administración a recabar la certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
El personal que, en el plazo referido en el párrafo anterior, se encuentre en situación de incapacidad temporal o en otra situación que implique dispensa de asistencia al puesto de trabajo deberá aportar la autorización o el certificado en el plazo de 15 días desde la fecha del alta médica o, en su caso, de la reincorporación.
Según han informado fuentes de la Secretaría General Técnica del Departamento de Sanidad, cualquier nueva información acerca de cómo realizar el trámite se hará a través de la Dirección General de Recursos Humanos del Salud y de las direcciones-gerencia los sectores.
PASOS A SEGUIR
¿Cómo presentarlo?
La formalización del citado anexo IV deberá realizarse, a excepción del personal docente, a través de la aplicación informática ubicada en la siguiente dirección web http://servicios3.aragon.es/orpt/aume. Este paso es obligatorio y necesario. Se recuerda que los datos que se formalicen deben coincidir con los que aparecen en el DNI, por tanto no usen abreviaturas si uno tiene nombre compuestos.
¿Dónde presentarlo?
A continuación, los empleados del Salud deberán imprimir el documento y firmarlo, entregando un ejemplar en los Servicios de Personal de Atención Primaria del Sector correspondiente dónde trabajen o, en caso de trabajar en un centro hospitalario, en los Servicios de Personal, por ejemplo los del Clínico donde lo sellarán como recibido por la Administración que se quedará una copia física y la otra copia física sellada será para el trabajador.
En caso de presentar el anexo IV con la opción "NO" autorizar al Salud, será el interesado quien deberá aportar personalmente el certificado. Para ello deberán, primeramente, dirigirse a la Gerencia Territorial de Justicia en Aragón, y una vez obtenido el certificado de penales presentarlo en la Gerencia del sector sanitario a la que se encuentre adscrito.
Como solicitar el certificado de penales al Ministerio de Justicia
Aquellas personas que deseen solicitar el certificado de penales a la Administración de Justicia pueden hacerlo:
>A través de la web del Ministerio de Justicia.
>Aquellas personas que deseen realizar el trámite de forma presencial deberán rellenar el formulario 790 y presentarlo en la Gerencia del Ministerio de Justicia en Zaragoza, situada en Paseo Independencia, 32 1º-izq. Teléfono 976222515
El coste de la Tasa judicial es de 3,70 euros, IMPORTANTE: deberá ponerse especial cuidado en liquidar correctamente el importe de la tasa, porque si se hiciese por cuantía errónea la entidad financiera no puede devolver la misma y, en caso de solicitar su reintegro, el interesado deberá iniciar un expediente de devolución de ingresos indebidos.
Para las personas que entren a trabajar al Salud una vez finalizado el plazo. La aportación de la certificación negativa o de la autorización a la Administración para su obtención, en los procesos de provisión de los puestos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Instrucción que se produzcan a partir de la finalización del plazo referido en el apartado segundo, se llevará a cabo antes de la toma de posesión de los mismos en los términos que se determine para cada procedimiento, por los órganos competentes de la gestión de personal en los respectivos ámbitos sectoriales.
Posibles sanciones. La no presentación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales o de la autorización a la Administración de la Comunidad Autónoma a recabar dicha certificación, podrá ser sancionado, previa instrucción del oportuno expediente disciplinario, con la suspensión de funciones o separación del servicio, que en el caso del personal interino comportará la revocación de su nombramiento.
El Anexo II incluye el listado de hospitales y centros de salud cuyos empleados deben solicitar el certificado de penales. (Incluido en el PDF adjunto)
El Anexo IV es la plantilla del documento a rellenar y presentar para autorizar a la DGA a que compruebe el registro de penales del trabajador. (Incluido en el PDF adjunto)