Condenada en Zaragoza a 2 años de cárcel por intrusismo profesional y falsedad documental
El Juzgado de lo Penal nº 5 de Zaragoza ha condenado a dos años de prisión una mujer como autora de un delito de intrusismo y otro de falsedad en documento oficial. Además, se le ha impuesto una multa de diez meses con una cuota diaria de cinco euros.
El Colegio de Enfermería de Zaragoza tiene como función estatutaria relevante el adoptar cuántas medidas sean necesarias para evitar y perseguir las actuaciones constitutivas de intrusismo profesional. Buena prueba de ello es la sentencia de fecha 15 de marzo de 2022, del Juzgado de lo Penal Cinco de Zaragoza, en el que actuó el Colegio como acusación particular y en el Fallo se ha condenado a la denunciada como autora de un delito de falsedad en documento oficial, previsto y penado en el artículo 390.1º, 2º, 3º y artículo 392.1 del Código Penal, en concurso medial (artículos 77.1 y 3 del Código Penal) con un delito de intrusismo previsto y penado en el artículo 403.1 del Código Penal, a la pena de dos años de prisión, y multa de diez meses con una cuota diaria de cinco euros, con la responsabilidad personal subsidiaria que para el caso de impago establece el artículo 53 del Código Penal, así como las costas procesales.
Este procedimiento se inició a instancia de la Junta del Colegio de Zaragoza tras formularse denuncia por intrusismo profesional ante el Ministerio Fiscal. Con posterioridad, tras la instrucción judicial, se adhirió como acusación particular la Sociedad de Prevención que fue objeto de engaño por la intrusa.
Tal y como recoge la sentencia, y así queda probado, la acusada con el fin de procurarse un empleo de enfermera elaboró un título universitario como si fuera expedido a su nombre en fecha 9 de julio del 2000, con el que simulaba poseer la titulación académica oficial de “Licenciada en Enfermería”, título por otra parte inexistente, y creó un certificado, supuestamente, emitido por el Secretario del Colegio Oficial de Enfermería de Zaragoza fechado el 11 de junio de 2020 en el que puso su nombre e hizo figurar un nº de colegiado que evidentemente correspondía al de otra colegiada.
Dicha documentación fue presentada por la condenada a la entidad (Sociedad de Prevención) aparentando con ella tener la habilitación exigida y logrando bajo dicha argucia ser contratada como enfermera en un centro de trabajo de la capital aragonesa.
La condenada estuvo trabajando desde el 22 de julio de 2020 hasta el 10 de marzo de 2021, tiempo durante el que realizó extracciones de sangre; preparación de muestras para su análisis pruebas complementarias; medidas antropométricas y anamnesis dentro del reconocimiento médico: entre otros de los actos propios de la profesión que la encausada llevó a cabo.
Con idéntica finalidad, y bajo la misma apariencia, con anterioridad a las fechas indicadas, la acusada ya había presentado la misma documentación ante otra empresa dentro de un proceso de selección de enfermeras. Lo intentó, una primera vez, en el mes de mayo de 2020, sin que llegara a desempeñar actividad alguna propia de la profesión al ser descubierta en su engaño. Y nuevamente, realizó otro intento ante la misma empresa en marzo de 2021.
El Colegio, vigilante ante situaciones de intrusismo
Ante sentenciones como ésta, el Colegio de Enfermería de Zaragoza recuerda que persigue todas las actuaciones de las que pudiera tener conocimiento y ser constitutivas de una presunta actuación de un ilícito penal de intrusismo. Las actuaciones del Colegio se inician tras la remisión de las denuncias a la Comisión de Ética y Deontología profesional colegial, quién tras su estudio, calificación y evaluación de los hechos propone, si se diere el caso, a la Junta de Gobierno si los mismos son perseguibles mediante denuncia ante los Tribunales de la jurisdicción penal.